Friday, September 30, 2005

4) CUANDO LA CENSURA ENTRA EN LATINOAMÉRICA

-El cine produce “infinitos daños a la vista”.
-La Academia de México pionera de estudios cinematográficos.
-Solo la práctica lleva a la maestría.
-Las películas policiales: “Cátedra para delincuentes”.
-Especulación empresarial y escenas “coloradas”.
-Salas con “homicidas” condiciones higiénicas.
-El arte degenerado.
-Impuesto al cine. Exención al teatro.
-Películas sin actores con ropas pasadas de moda.
-La primera cinta censurada fue en Chile.
-Cuando el público denunció la ortografía dudosa.
-Sólo para mayores. Inconveniente para señoritas.

Desde sus inicios el Cine tuvo en nuestros países latinoamericanos fuertes detractores. Especialmente en México, donde el nuevo invento prendió de inmediato, y no todos los que querían tuvieron acceso a su explotación; además, al ser el país de los nuestros con una mayor tradición teatral, los afectos al arte escénico vieron desde un comienzo el peligro que se cernía sobre el teatro (absolutamente fundado, por lo demás). Así se intentaron diversas formas de desprestigiar al naciente Séptimo Arte, recurriendo, incluso, a subterfugios de índole médico, al señalarlo como una práctica dañina para la salud. Por ejemplo, se interesó a oftalmólogos quienes señalaron diversos estudios ante la Academia de Medicina que indicaban daños que podía acarrear el cine a los ojos de los espectadores. En 1908, un artículo aparecido en Noticias de México decía:
“Sábese que México ya no es solamente la ciudad de los palacios, sino la ciudad de los cinematógrafos, pues por todas partes las salas de proyección abundan. Espectáculo cultísimo que dejaría en su auge, si no fuera para llamar la atención acerca de sus defectos que dañan la vista, así como de la concurrencia riesgosa de quienes adolecen ya de males visuales. Las ilusiones ópticas que explota el cinematógrafo se deben, como es notorio, a la permanencia de la imagen, o como dicen los fisiólogos, al principio de inercia o excitación continua. En esto no hay tanto peligro por la adaptación de nuestro ojo, sobretodo si el aparato cinematográfico y la pantalla están de un mismo lado del espectador, porque cuando esto no sucede, sino que el concurrente está situado entre el aparato y la pantalla, como pasa en México, entonces los rayos de luz se extienden por la sala y esto daña la vista. El doctor Chacón, quien es el autor del trabajo llevado a la Academia de Medicina, señala, pues, la conveniencia de que nuestras salas de cinematógrafo no expongan sus cintas por reflexión teniendo al espectador en medio, a la cabecera del salón la pantalla y a los pies el aparato, sino por transparencia, con aparato y pantalla en el testero de la sala. La segunda causa del daño es la transición de la oscuridad a la luz: vienen contracciones del iris, y como el ojo es tan rico de nervios, sufren muy intensa acción que no tarda en hacerse sensible produciendo el grito de alarma: el dolor. Prohijó el doctor Ramos tan bello asunto, y con su práctica ya larga en oftalmología, discutió y amplió las miras expuestas por el doctor Chacón, basándose en la teoría científica: el cinematógrafo, dice, a más de ser un espectáculo culto, viene a la mano del científico como auxiliar de estudio: en una ciudad norteamericana posee, un doctor, una bellísima colección de películas que van señalando todas las fases de un ataque epiléptico; pero este espectáculo es y será un peligro gravísimo mientras se quebranten los preceptos de la higiene. Los enfermos de lesiones ligeras como conjuntivitis y leparitis, aumentan sus males en el cinematógrafo; la transición brusca y el desgaste de películas producen el lagrimeo, como pasa a los enfermos de estenosis. A los astígmatas hay que prescribirles que se abstengan de concurrir a estos espectáculos sin corregir de antemano su mal usando lentes correctores. Sin embargo, el paciente, no siempre acepta el consejo; las señoritas, sobretodo, son a veces irreductibles porque estiman en más su belleza que el afearla con los espejuelos, y aún les es más llevadero tolerar jaquecas y neuralgias que perjudicar la estética. A veces se agrava el mal y sobrevienen formas tan serias como la jaqueca oftálmica o una ceguera temporal. Hace poco una señora de Tacubaya tuvo una ceguera de un minuto, ocasionada por su concurrencia al cinematógrafo sin usar lentes correctores, lo cual la llenó de terror. La molestia viene, sobretodo, en astigmatía débil, porque en la fuerte pasa ya a la amoliopía, en cuyo estado el paciente se resigna a su visión imperfecta y no hace esfuerzo como el astígmata débil para mover sus músculos ciliares que compensen el defecto ocular. En suma, que los astígmatas deben abstenerse del cinematógrafo sin usar lentes, y en cuanto a los sanos, la transición de la oscuridad a la luz repentina, y del calor al fresco, lo que provoca conjuntivitis, y por las vecindades topográficas del cerebro, algunos otros males de mayor cuantía. No hay, por tanto, que decir que las salas elegantes de cinematógrafo, o todas las que deseen conservar su clientela, deberán tener vestíbulos de espera; la sala de proyección se conservará en la penumbra y las otras aumentarán por grados la luz. La competencia bien puede establecerse ofreciendo esta ventaja de la sala de espera y vestíbulos. El doctor Hurtado analizó también el asunto y dijo que en su opinión hay defectos corregibles como los ya señalados, y otros como la recepción de la imagen que sólo con el hábito se logra. Tanto él como el doctor Ramos trataron de la recepción periférica, diciendo que la acomodación a la oscuridad tarda durante algún tiempo, pero si las transiciones son rápidas no es fácil la adaptación y vienen infinitos daños a la vista.”
Sin embargo, el cine, en especial prendió entre los artistas jóvenes de la época, a quienes no amilanaba la opinión “científica” en sus ideales artísticos. Se sabe que la Ciudad de México, varios miles de años antes de la llegada de los españoles, ya era el foco cultural más rico de nuestros países de América. Y, en lo personal, creo que sigue siendo nuestra punta de lanza. Digamos ahora que en 1916, en septiembre de ese año, se fundó en el D.F., la academia pionera encausada a enseñar a los actores de teatro a desempeñarse en el cine. Un crítico de El Universal (que firmaba como Pymoll) consigna el hecho en una nota publicada el 22 de noviembre de 1916:
“El Cine en México. En estos últimos tiempos se ha dejado sentir en nuestro medio artístico una ansia grande de adelanto; ha sido como un vigoroso florecimiento: libros nuevos han aparecido en los escaparates de las librerías, exposiciones de pintura y escultura se han hecho en salones y galerías, y se han efectuado varios certámenes literarios, juegos florales lucidísimos. Nuestros artistas comienzan a sacudir el marasmo que los llenara anteriormente y marchan resueltos enarbolando su oriflama de ideal. No podían faltar en este cuadro los que se inician en esa moderna manifestación artística en que impera la expresión mímica: el cine. Un grupo entusiasta de muchachos, dirigidos por un estudioso maestro, se reúne día a día a practicar la mímica cinematográfica con el anhelo de emprender la carrera de actores en ese ramo. Hemos asistido a una sesión de esa nueva academia que dirige el profesor Manuel de la Bandera, y quedamos bien impresionados. Todo esfuerzo que tienda a conquistar un ideal, es sagrado; toda labor inspirada en un deseo de saber es loable. Da gusto ver a aquellos muchachos entregarse con ardor al estudio de gestos y ademanes que luego practican desarrollando argumentos en su improvisado atelier... Presenciamos el ensayo de algunas obras que más tarde podrán servir para figurar en la pantalla... ¿Que están muy lejos de la perfección estos noveles actores? Seguramente, todo es imperfecto en sus principios, sólo la práctica lleva a la maestría. Recuérdese qué deficientes fueron las primeras películas hechas por la Bertini y la Menichelli, y compárese con las admirables que nos ofrecen en la actualidad. El maestro Bandera, como sus discípulos, tiene fe y confianza en su tarea:
“Ahora es -nos decía- cuando creo que mi labor es importante y trascendental, porque ya comienza la maledicencia procaz que a falta de argumentos sanos alega como defectos capitales de la academia el que las señoritas se peinen bien y los muchachos vistan a la última moda. Mientras mi trabajo sólo tuvo elogios pude creer que éstos eran de aliento, porque había todavía mucho qué hacer; pero hoy que ya comienzan a surgir enemigos, tenemos la seguridad que nuestra empresa no es insignificante. Seguiremos trabajando, con mayor ahínco cada vez; no en balde he hecho estudios especiales de mímica y gesticulación y me he documentado desde hace tiempo...” Felicitamos al profesor Bandera. Salimos satisfechos de ver que los mexicanos sienten el anhelo de conquistar en el Arte los lauros que hasta hoy pertenecen sólo a los extranjeros.”
Entre la prensa escrita de México, el diario El Pueblo atacaba abiertamente al cine: sin dejar de reconocer su enorme potencial educativo. El día 9 de agosto de 1917 se lee un editorial dirigido a las autoridades de México para que se establezca un Reglamento de Censura (sin firma de autor): “Quienes tienen a su cargo la delicada labor de velar por la moral social, única fuente de resurgimiento en países donde el alma nacional está en gestión, habrán reparado seguramente en un detalle que podrá parecer pueril a los que no ven más allá de su egoísmo, pero que tiene, en el fondo una gran trascendencia. Nos referimos a la denuncia hecha ante las autoridades respectivas por el doctor Sologuren, abogado de Pedro Siveroni, presunto autor del asesinato del súbito italiano Parvero, en el balneario de Magdalena. El doctor Sologuren, al dirigirse a la sección de vigilancia, denunciaba el hecho de que su cliente había sido amenazado de chantaje por “La Mano Negra”... Inspirado sin duda en un arte ya por fortuna no muy del agrado del público: el cinematógrafo. Este arte moderno que se inspiró en los primeros años en los más altos ideales estéticos y educativos, ha ido degenerando con pasmosa rapidez en un fácil artificio de literatura barata y perniciosa, para llegar a convertirse en un verdadero peligro social, cuando los encargados de velar por la cultura de un pueblo, no ponen atajo oportuno a sus excesos. Hace más de cinco años que se discutió acaloradamente en Europa la manera de evitar los daños que este espectáculo ocasionaba. En Italia, pueblo lleno de fantasía, se presentó el alarmante caso de un crimen realizado exactamente igual al que por entonces estaba en boga en los cinematógrafos. Las autoridades reglamentaron desde entonces el espectáculo, y no obstante debido a cierta tolerancia, el caso se repitió.
“Nada puede, en efecto, producir más deplorables consecuencias en una sociedad que este espectáculo de un objetivismo impresionante, que es muchas veces una clase de inmoralidad, una cátedra que pone en el espíritu sensible de la mayoría el virus de las ideas más peligrosas. Muchos padres que no permitirían ver a sus hijos un desnudo de museo, que le prohibirían la lectura de un libro de Anatole France, muchos maestros que castigarían con severidad cosas menos graves, permiten no obstante, a esposas y pupilos asistir al cinematógrafo y presenciar el desarrollo de uno de esos modernos dramas e innumerables partes que no son otra cosa generalmente que lecciones objetivas y detalles de todos los vicios, antiguos y modernos. En un drama “policial” aprenderá el joven obrero desocupado a cometer un crimen, burlando a la policía y valiéndose de elementos que antes no sospechara siquiera. En un drama “social” las niñas y los jóvenes conocerán todas las frases de la sensualidad, tendrán curiosidades insatisfechas, se impresionarán intensamente y desde ese instante guardarán el virus de un pecado dispuesto a practicarse en la primera ocasión. En un drama “Sentimental” las muchachas ingenuas y puras, que guardaban hasta entonces como un tesoro la ignorancia de muchas realidades, tendrán desde ese día una inquietud nueva y el deseo de apagarla. Si todos estos cuadros donde campea libremente el mal estuvieran velados por el tul vaporoso de un arte fino, siendo peligrosos serían menos nocivos. Pero en la generalidad de los casos el cinematógrafo es una realidad dolorosa del pecado, sin la dulzura delicada y noble del arte. Es que no puede haber arte donde no hay un alto sentido moral; cabe arte en el teatro, donde laboran los más grandes ingenios humanos; el teatro, verdadera escuela de bien, no sólo es un placer, sino una educación, ya que al arte personal del actor se suman la armonía del conjunto, el interés de la acción, la pureza del idioma y la belleza artística e insuperable de la prosa cincelada o del verso musical. Ya es tiempo de que las autoridades se ocupen con eficacia de un asunto de tanta gravedad. En Chile acaban de dictarse disposiciones severísimas respecto al peligro que encierra el cinematógrafo. Es lamentable constatar que ha habido épocas en Lima en que las salas teatrales estaban vacías mientras los cinematógrafos se llenaban de espectadores. ¿Qué se podría esperar de una sociedad cuyo único elemento principal eran los dramas muchas veces repugnantes del cinematógrafo?. Es indispensable que la Dirección de Espectáculos someta a una estricta censura las películas que se ofrecen a la sociedad; así cumpliría con un alto deber patriótico y salvaría de las garras del vicio, de la inmoralidad y quizás del crimen a los espíritus impresionables y sencillos que llegan a impresionarse con las novelescas historias cinematográficas. Las sociedades, como los individuos, necesitan conservar el inapreciable tesoro de sus más puros sentimientos. Una sociedad sin virtudes y sin sentimientos, es un feudo que está a merced de quien quiera tomarlo.”
En otra crónica en El Pueblo del 27 de septiembre de 1916, se lee: “El señor coronel Bernardino Mena, primer ministro de las Comisiones de Seguridad, con un celo por el cumplimiento de sus deberes que le honra altamente, con una perspicacia profesional que pone de manifiesto su competencia para el desempeño del delicadísimo puesto encomendado a su laboriosidad, con fecha de 23 de agosto ha dirigido al señor gobernador del Distrito una comunicación en la cual le propone que se prohiban en lo sucesivo en los salones cinematográficos la exhibición, hoy tan profusa, de las películas llamadas policíacas, no solamente por ser inmorales sus argumentos, sino también por acarrear su exhibición perjuicios lamentables para las garantías de la sociedad. El apreciable funcionario en el documento mencionado explica con toda claridad los resultados de sus observaciones:
"-Las cintas del carácter llamado “policíaco” solamente sirven de cátedra de delincuencia a los rateros.
-Los mismos ladrones, asiduos concurrentes a tales salones, al ejercitar su reprobado “oficio”, están empleando procedimientos para ellos desconocidos anteriormente, para cometer robos de todas clases y hasta consumar delitos de sangre, poniendo también todos los medios de la escuela cinematográfica para despistar a la policía.
-Existe en nuestra urbe una verdadera partida de jóvenes de costumbres inmorales, los cuales sugestionados por el “sherlockholmismo” cinematográfico, imitando la indumentaria del aventurero personaje de Arthur Conan Doyle, “desvalijan” en tranvías, en paseos, en teatros, a las personas indefensas, bien por descuido, bien por inermidad.
“Debemos agregar a estas observaciones del señor coronel Bernardino Mena algunas de nuestra cosecha por considerarlas pertinentes: Es el espectáculo cinematográfico, sin ningún género de duda, uno de los más interesantes, de los más instructivos de todos los puestos en el día al alcance de las clases sociales no favorecidas por la riqueza. Su desarrollo, que no podemos vaticinar todavía hasta cuáles términos podrán llevarlo, y las conquistas de la ciencia en el futuro, es ahora una realidad bella, reconocida como innegable por todas las sociedades cultas contemporáneas. Empero, el afán de especulación de los lucradores, la codicia desenfrenada de los empresarios, representada en relación simultánea con el aumento de las ganancias consecuentes a todo espectáculo, instructiva, verdaderamente hermosa, de la mencionada diversión, sea desvirtuada en un sensacionalismo grosero por los motivos explotadores del negocio, por los mismos de quienes deberían esperarse el esfuerzo continuo encaminado a mejorar el gusto de las concurrencias, a quienes deben su enriquecimiento. De allí, ha resultado que en el campo de la pornografía brutal, se presenten a las veces en los lienzos de la proyección escenas “coloradas”, propias sin duda para esparcir el ánimo de un viejo verde, enfermo de la espina, pero impropio del todo para tener comparecencia ante las miradas por naturaleza precozmente curiosas de las niñas “zongolotinas”, de los niños “terribles”, de 10 a 12 años. No nos referimos, por supuesto, al naturalismo en la circunscripción del Arte puro, casto en sí como una blanca azucena hasta en la absoluta desnudez de la mujer verdad al salir velluda de la negra hondura de su pozo... En ese campo hasta Nielssen será siempre una artista de genialidad inmensa... En los cinematógrafos arrabaleros, en los “salones” concurridos habitualmente no sólo por el populacho, sino también por la gente aludida por el coronel Mena, la falta de vigilancia de los interventores, la negligencia de la policía, el abuso de los empresarios acostumbrados desde tiempo inmemorial a burlar las disposiciones de las autoridades cuando éstas dejan de ejercer una acción continuada, dan por resultado el barboteo de la esclusa, el desbordamiento de los malos instintos de aquellas turbas en medio de escenas poco edificantes, reveladoras no solamente de falta de educación, sino hasta de exceso de barbarie. Nos referimos concretamente a un caso: existe en las calles de Guerrero un “salón” cinematográfico de madera, un barracón construido bajo homicidas condiciones higiénicas, al cual noche a noche acude un público de condición social asaz disímbola; gente de toda clase, de todas las edades; en el sexo masculino rentistas, propietarios, empleados, extranjeros, militares, obreros, rufianes, etc.; en el sexo femenino, señoras respetables, señoritas relamidas, mecanógrafas, pizpiretas, obreras, criadas, proxenetas, prostitutas de varias clases, desde las de “medio pelo” hasta las de tacón de hueso... No llega el curioso observador a un sitio de placer, llega a un antro, a una zakúrda... Los insultos más soeces también se escuchan con frecuencia durante la exhibición. Cualquiera intermitencia de la luz, cualquiera torpeza del manipulador, cualquiera incomplacencia de la orquesta, suscitan en el acto una rechifla, una grita de mil demonios grosera, imbécil, una zambra de salvajes quebrantadora de los nervios. No creemos esté en la competencia de las autoridades de un país civilizado el ejercer el tutoreado de toda una sociedad hasta el punto de caer en el despotismo tonto, de intervenir en la religión, en las costumbres, en la moral de cada cual. Los borrachos serán siempre borrachos a pesar de todos los reglamentos, aún los más draconianos de las autoridades mojigatas. Los tahúres serán siempre tahúres, los lujuriosos serán siempre lujuriosos, los fanáticos serán siempre fanáticos; empero las autoridades, cuando tienen la conciencia completa de sus obligaciones, deben estar siempre atentas para expedir disposiciones susceptibles de remediar en lo particular esos vicios irremediables en lo general. En el caso presente creemos de urgente necesidad una reforma al Reglamento de cinematógrafos, estableciendo en él lo siguiente:

"-Prohibir terminantemente BAJO PENAS MUY SEVERAS, la exhibición de las películas llamadas “policíacas”.
-No impedir la exhibición de las cintas un tanto libre, como sucede en los países más cultos, siempre bajo la condición estricta de ser ellas puestas en cinematógrafos destinados exclusivamente para hombres, sujetos estos salones a la vigilancia atenta de la policía para evitar desórdenes.
-Permitir la creación de cinematógrafos para niños con películas de asuntos apropiados a la edad de los pequeños concurrentes.
-Castigar con penas adecuadas a los concurrentes a los cinematógrafos populares cuando su comportamiento grosero llegue como ahora a los linderos de la barbarie.
-Clausurar sin excusa alguna los salones cuyas condiciones no correspondan debidamente a las necesidades de la salud pública.
-Permitir la duración de las exhibiciones desde las 3 de la tarde hasta las 12 de la noche.”
En marzo de 1917 el Ayuntamiento de la Ciudad de México elevó los impuestos a los cines y a los teatros. Los enemigos del Cine eran, por supuesto, amigos del teatro, y protestan enérgicamente por la medida aplicada al teatro, argumentando que sólo a los cines debía cargarse un fuerte gravamen por “el daño que ocasionaba”, y no al teatro, que "sólo trataba de educar al pueblo". Sin embargo, hubo quienes defendieron al cinematógrafo en esos días aciagos, como el crítico que firmaba con el seudónimo de “Piccolo”, en el diario El Universal (marzo 24 de 1917):
“Cines y teatros. En las disputas suscitadas sobre los méritos o defectos de los espectáculos públicos, no terciaría yo si no mirase la inconsecuencia e injusticia con que procede una de las partes, la que defiende a los teatros y pretende que se abrume con impuestos a los cines. Procediendo con lógica y equidad, lo natural habría sido pedir la supresión del impuesto para las dos clases de diversión pública, puesto que las dos tienen las mismas ventajas y las mismas desventajas, predominando éstas. Ahora bien, el cinematógrafo, en mi concepto ocupa, respecto a los teatros, el lugar que ocupan los diarios modernos respecto al libro, y lo mismo que clamaron los autores y editores contra el primer periódico, claman ahora los empresarios de teatro, atribuyendo a la película exactamente idénticas inconvenientes: propagación del vicio, perversas enseñanzas, degeneración del Arte, etc. Pero así como el libro derriba catedrales y el periódico derriba al libro, el Cine muy en breve, unido al fonógrafo, derribará no sólo al escenario de los coliseos, sino al periódico y al libro, de los cuales hoy es el auxiliar y complemento preciosísimo. El periódico es el silabario y el libro primero de lectura, el Cine es el libro segundo y llegará a ser seguramente el único o el último. La estampa es el libro de los ignorantes, decía el Papa Gregorio IX, y el número de los ignorantes es infinito, pues hay que instruirlos y todo el mundo sabe que los sistemas contemporáneos de enseñanza son objetivos. ¿Cabe mayor objetividad que el portentoso invento de Lumiére?. Aplícase hoy la cinta a la educación y a la ciencia en todos los campos, desde el de la biología hasta el de la guerra, y lo repetimos, los bienes que produce son incalculables, superiores a los males.
“El teatro sólo puede enseñar literatura y moral. El Cine propende al Arte, a la moralización, la ciencia, el trato y las costumbres sociales, etc. ¿El detractor del Cine en México podría asegurar el teatro cumple funciones análogas cuando vemos anuncios del Lírico, que ofrece vodeviles de jacalón de barrio de París, a cuál más picante, y cuando todo el mundo sabe las escenas edificantes (¿?) del Apolo? ¿Por qué no pide que se desalojen esos salones para dar cabida a compañías moralizadoras?. Sencillamente porque no las hay ni contarían con público, hay ciertos males indispensables como las cantinas y los prostíbulos y los teatros de hombres solos: suprimirlos es dar lugar al clandestinaje mil veces peor; pero hay otros bienes impuestos por la civilización que traen aparejados pequeños males y querer que se persiga al Cine con gabelas porque hay algunas cintas inconvenientes, es tanto como pretender que se suprima la zarzuela por la inconveniencia de muchas piezas del género chico, como solicitar que se supriman los automóviles porque matan a algunos transeúntes. Corríjase el daño y... El progreso seguirá su camino; ejérzase una censura discreta en el teatro y en el Cine... Y equilíbrense los impuestos; porque un pueblo tan afligido por tantas crisis como ha atravesado en los últimos años el nuestro, requiere e implora que se le permita distraerse honestamente a precio reducido en donde más le agrade... Los españoles gritan: ¡Pan y toros!, y les dan pan y toros; nosotros gritamos: ¡Pan y Cines!, y se nos ha abaratado el primero. ¿Por qué se nos ha de encarecer el segundo?. ¿Por qué algunas parejas de enamorados se refugian allí para sus coloquios, según dice uno de los enemigos del Cine?. Pues que se supriman también las bailarinas y las pantorrillas de las tiples, los diálogos y escenas de bastidores en los teatros, replico yo, y México se convertirá en un monasterio.”
En curioso artículo aparecido en Madrid en esos días, y reproducido en un diario de la Ciudad de México, un anónimo cronista español se lanza en defensa de la cinematografía, nada menos que negando toda expresión teatral posible si se la compara con el Séptimo Arte:
“El secreto del Cine. ¿La oscuridad?. No, pillines. ¿La baratura?. No, pobretes. ¿La novedad?. No, retrasados snobs. El secreto del Cine es más hondo y más claro también. El secreto del Cine y su victoria innegable sobre el teatro estriba en la acción, en la acción constante y seguida, en la acción sin descanso y sobretodo sin literatura. Preciso es confesarlo: quisiéramos atribuir el éxito abrumador del cinematógrafo a la maravillosa reproducción exacta de la vida real, al encanto de conocer la verdad de lo ocurrido en lejanas tierras o en nuestra propia España, tal como sucedió y no volverá a ocurrir más. Divino Arte de fijar lo transitorio, triunfo excelso sobre la muerte, historia animada, ayer forzado a convertirse en hoy, resurrección, lazarismo, portento de vivificación. Pero no, no es a esta magia maravillosa, que aún no sabemos nombrar y para la cual habría que pensar en un nuevo tiempo gramatical, el pretérito presente, a la que debe el Cine su fuerza más dominadora, su más segura razón de privanza. Por desgracia, el mal gusto de empresarios y particulares prefiere las novelas a la vida, los melodramas a la realidad, el teatro a la verdad, y el buen público devora a diario centenares de miles de metros de folletines, de vodeviles, de magias funambulescas en un teatro todo acción y sin palabras. ¡Sin palabras!. He aquí el secreto: la humanidad está cansada de palabras. Cuando se compara todo lo que los hombres han dicho con lo que han hecho, con lo que hacen siempre, nos aparecen al punto las palabras como un acompañamiento discorde y desconcertante, como un gorjeo vano a incongruente, como una vaga ilustración musical que apenas ha disimulado los eternos hechos, hijos del instinto y de las pasiones. Es más, en los grandes momentos de cada uno, como en los de todos, ese acompañamiento cesa avergonzado, se grita tal vez, pero no se sabía; mejor se calla. Sí, es la quiebra, la bancarrota absoluta de las palabras. Además, las palabras están viejas y gastadas como monedas borrosas de rodar de mano en mano; no tienen, las más, ni fuerza ni expresión ni vida. ¡Oh, la terrible vejez desesperante de las palabras que se niegan, cansadas, mustias, a decir nuestro espíritu!”.
Por un tiempo, sin duda que auspiciado por estas notas de apoyo al nuevo arte, el cine no fue molestado. No hasta marzo de 1918, cuando el entonces Ayuntamiento del D.F. decide implantar severamente la censura, que algunos cronistas acusan que no se institucionaliza nuevamente por su afán moralizador, sino como un pretexto para aumentar los impuestos a las exhibiciones, que reportaban a los empresarios enormes ganancias. Una noticia diaria dice: “Se suspenderán los cines si subsisten las fuertes contribuciones. En la sesión que el viernes celebró el Ayuntamiento de la metrópoli, se acordó la creación de una oficina encargada de la censura de cintas cinematográficas, y desde luego quedaron nombrados los regidores que forman la comisión de reglamento, y el señor don Santiago J. Sierra para formular el reglamento a que deberán sujetarse las funciones de la nueva dependencia municipal. Asimismo, se dio lectura al proyecto que los autores de la iniciativa para la creación de la oficina de censura presentaron para el reglamento de ella, y que en su artículo 3° previene que la cuota de inspección que se cobra a cada alquilador de películas, sea de $ 5 por rollo de procedencia extranjera y $ 2 por los de producción nacional. Con todos estos antecedentes, nos presentaron a entrevistar a un conocido alquilador de películas de este capital.”
La nota de una entrevista (publicada en El Universal el 26 de marzo de 1918), no lleva firma, pero se deduce que la reportera es una mujer por la frase con que se inicia:
“El simpático hombre de empresa nos recibió galantemente y se expresó en estos términos: “Enterado del acuerdo que tomó el Ayuntamiento de México, nos reunimos varios alquiladores de películas y propietarios de cines. Como usted puede imaginarse, la creación de la oficina de censura cinematográfica es una verdadera amenaza para nuestros intereses, pues cuando existió dependiendo de la Sección 3ª, solamente en propinar a los empleados del ramo, pagábamos mensualmente de 300 a 400 pesos. Por otra parte, la creación de las contribuciones que ahora pagamos hace imposible disponer del pago de nuevas gabelas como la que tratan de crear.” Y refiriéndose a la proposición de un regidor que dijo que las cuotas de inspección no deberían cobrarse por rollo, sino por metros, y que fuera de 2 centavos la contribución por cada uno, tras de breve cálculo el alquilador continuó: “Por ejemplo, una película de 3.000 metros pagaría por inspección la cantidad de 60 pesos.” Por último, para dar una idea cabal de la situación de los empresarios de Cine y alquiladores, nos dio algunas cifras: “Actualmente se tienen que pagar por impuestos que no existían, 10 por ciento del gasto de energía eléctrica; 10 por ciento de impuestos sobre anuncios; 1 peso por impuesto de programas; por cada película que es alquilada se pagaban antes 75 centavos de impuestos y ahora se paga 150. Hay que aumentar la contribución predial por las casas que ocupan los cines: antes se pagaban, por ejemplo, 40 pesos y ahora se pagan 257, y finalmente, y eso es lo peor, no obstante que el señor Carranza en Veracruz nos prometió que el impuesto sobre la entrada bruta a las diversiones no pasaría de un 10 por ciento, ahora asciende a un 17 por ciento.” Antes de despedirnos, y en tono confidencial, dijo nuestro entrevistado: “Antes que poder pagar las contribuciones que por inspección se nos pretende cobrar, suspenderemos las operaciones, pues si con los impuestos actuales no ganamos, con este nuevo perderíamos.” Ya íbamos por la escalera cuando el simpático alquilador de filmes gritó: “Espere usted, se me olvidaba: diga usted que si se ha de establecer la oficina de censura, es el encargado de juzgar las películas un hombre de reconocida honorabilidad y competencia, por ejemplo, el director de las Bellas Artes, pues de otra manera tendremos las mismas dificultades que cuando funcionaba la antigua oficina.”
Una protesta franca y abierta contra la censura de esa época la hace el periodista Francisco Zamora (que firmó por muchos años en El Universal con el seudónimo de “Jerónimo Coignard”), quien escribe el 27 de marzo de 1918: “La moralidad es algo que varía con las edades, con el sitio y con el traje; un concepto tan variable no puede servir de base a ningún juicio. Nuestros municipios al establecer la censura para prohibir las películas inmorales, de seguro no han tomado esto en cuenta. ¿A que no han fijado en un reglamento las características de lo inmoral?. Y eso que en los centros administrativos todo se reduce a reglamentos. Se dice que las más calificadas para opinar sobre cuestiones de moral son las mujeres, pero yo niego la exactitud de semejante aserción. La moralidad para las damas casi es cuestión de centímetros cuadrados de tela y ello evidentemente las sujeta a mil fluctuaciones económicas, la reducen a un simple juego de bolsa. Imaginad la moral en manos de los bolsistas. Sin embargo, en los hombres la moralidad es menos fija aún, porque ni siquiera tiene como base algo tan material y tan determinado como la tela. No, para los hombres la moral es un vaso por el que cada cual vierte lo que puede y lo que apetece beber; carece por lo tanto de verdadera significación alimenticia en sí misma la moral de los hombres, por eso hay muchos que confunden lo moral con lo inmoral, y se creen de buena fe morales cuando son lo contrario. ¿Cómo va a hacer el municipio para captar esa idea escurridiza de lo moral, y lo no moral a fin de aplicarla a las películas cinematográficas? No sé, pero lo que sí sé es que la moralidad se hará pagar muy cara en las oficinas municipales de censura y así tendremos, gracias a la moralidad, películas inmorales consentidas por motivos de moralidad burocrática. Es quizá para lo único que sirve la moralidad actualmente.”
El reglamento de censura más severo que se implantó al cine, en México, data de 1920, cuando lo imponen las autoridades desde la Secretaría de Gobernación. Este mismo reglamento de censura fue modificándose con los años, hasta la Ley de Industria Cinematográfica dictada en 1949, que casi sin variaciones se mantiene hasta hoy día. La oficina de censura comenzó, entonces, dependiendo de la Secretaría de Gobernación, pasó luego al Departamento del Distrito Federal, y luego de nuevo a la Secretaría de Gobernación con el nombre de Dirección General de Cinematografía, en vigencia. En su momento, cuando se dicta la severa reglamentación, levantó críticas en todos los sectores del país, y lo cierto es que ochenta años después las sigue levantando: no sé si existe una estadística pero las crónicas escritas deben sumar varios volúmenes; sin embargo, sólo algunos párrafos aparecidos esos días bastarán para la polémica que levantó la censura pionera:
(En Excelsior, 25 de enero de 1920) “El Reglamento de Censura es odioso. Aparte de que resulta anticonstitucional, parece hecho por un loco, pues contiene una serie de desatinos y torpezas en verdad inconcebibles. Hasta los gendarmes pueden suspender una función. Más de 200.000 personas en la capital de la República y una enorme cantidad en el interior del país, se encuentran en estos momentos amenazadas de verse privadas de su espectáculo favorito. Los salones de esta ciudad y los de las principales poblaciones del país, están a punto de cerrar sus puertas, pues no tendrán películas para exhibir en virtud de que la Secretaría de Gobernación ha dispuesto que entre en vigor el Reglamento de Censura... Con fecha 22 de enero el llamado Departamento de Censura Cinematográfica comunicó a los alquiladores de filmes que tenían la obligación de presentar sus películas a esa oficina a fin de que sean revisadas y calificadas antes de ser exhibidas, en la inteligencia de que pasados 15 días a contar de esa fecha, toda cinta para poder ser exhibida debe tener la aprobación del consejo de censura, y la película los sellos aprobatorios de esa oficina, pues la falta de esos requisitos dará lugar a la imposición de las penas establecidas por los artículos 16 y 17 del Reglamento. Estas disposiciones incomprensibles provocaron una junta de alquiladores... Durante la sesión se puso de manifiesto que el Reglamento es anticonstitucional pues se ataca al Artículo 7°, que dice que ninguna ley ni autoridad puede establecer la previa censura, y como se pretende que el Reglamento surta sus efectos con las existencias que en cintas tienen las casas desde hace tiempo, no obstante que hasta el 22 del actual, no se les comunicó que esta reglamentación iba a entrar en vigor, se ataca el Artículo 14 Constitucional que previene que a ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna.
“Es materialmente impracticable. Después de establecer ese punto, los alquiladores siguieron estudiando el Reglamento, y de ese análisis resultó que físicamente están imposibilitados para cumplirlo, primero porque se concede un plazo de quince días para censurar las películas que tienen las casas en existencia, y esto revela una absoluta ignorancia de la señorita encargada de la oficina de censura, ya que esas existencias no podrían revisarse en dos años seguidos. Paulatinamente la revisión no podría hacerse porque en el Distrito Federal y territorios se exhiben más de 600 rollos diarios que requieren para su censura, a razón de 15 minutos por rollo, 150 horas consecutivas, es decir, algo más de seis días para los programas de uno solo. Pero, sobre todo, encontrándose los diferentes stocks de las casas alquiladoras repartidos en todas partes de la República, ya sea con viajeros o agencias, y en Estados tan lejanos y faltos de comunicación como Yucatán, Tabasco, Campeche, Sinaloa, etc., es humanamente imposible reunir todo el stock en la Ciudad de México para ser censurado...
“La ruina de la industria cinematográfica. Que el Reglamento de Censura está hecho a la ligera lo demuestra desde el principio el Artículo 1°, que dice que las películas para ser exhibidas o exportadas deben llevar “los comprobantes de haber sido aprobadas en los términos del Artículo siguiente”, y el Artículo siguiente de todo habla, hasta de lo que son “cintas” y lo que son “vistas” menos de los términos a que hace referencia el anterior, resultando por este y por otros muchos conceptos sumamente confuso. Uno de los presentes en la Junta de Alquiladores hizo ver los gravámenes que pesan sobre los alquiladores por el solo Capítulo de la anticonstitucional censura. El negocio por esta razón resulta prohibitivo, ya que a la cantidad de 1.75 que se paga por la revisión de cada rollo, debe aumentarse las contribuciones, quintuplicadas a la fecha que se les cobra a las casas alquiladoras, ya que una película paga:
1° Por derechos aduanales
2° Contribución por el capital de la casa alquiladora
3° Contribución por derecho de exhibir en cada Cine y cada vez que se pasa la cinta, lo que resulta que al cabo de un año de explotación, la película ha pagado más de tres veces su valor.
"Por otra parte, la oficina de censura no da ninguna garantía al dueño de la película y la que se maltrata y se pierda durante la prueba, la perderá el dueño totalmente, ni tampoco por lo visto hasta ahora la señorita encargada del Departamento posee el criterio imparcial y suficiente para juzgar de una cinta, y que ha comenzado su labor decomisando una película que se llama “Vida sin Alma” (primera censurada en México este enero de 1920) cuyo argumento se basa en experimentos científicos llevados a cabo por un estudiante de medicina y donde hay una mujer que aparece con el busto semidescubierto, cuando que a lo vivo lo ve todo el mundo en los teatros sin que a nadie se le ocurra que aquello es atentatorio...”
(En Excelsior, 26 de enero de 1920) “La censura a las películas de Cine. Hay una existencia en las calas alquiladoras de películas en México de no menos de 20.000 rollos de cintas cinematográficas que ya se han exhibido, supuesto que en ellas está incluida la existencia desde hace más de diez años, siendo esos 20.000 rollos los que ahora se pretende censurar, dando una retroactividad anticonstitucional al Reglamento de Censura. Durante la entrevista que ayer celebramos con el señor Cesáreo Molinar, gerente de la International Pictures Co., este caballero nos manifestó:
“Ciertamente, en los Estados Unidos se estableció la censura, pero en una forma muy distinta a la que se pretende implantar en nuestro país. La censura se estableció durante la guerra, primero para que no se atacara a los alemanes o a los aliados, y después para que ninguna película tuviera algo que pudiera resfriar el entusiasmo de nuestros vecinos por la entrada de los Estados Unidos a la lucha; pero esta censura ha terminado ya que aquel país y sólo en algunas de sus entidades, subsiste, pero en una forma completamente distinta a la nuestra, ya que no es oficial, es decir no la hace el gobierno, sino una sociedad moralista formada, especialmente, para el caso. Los manufactureros de cintas, para manifestar su buena fe en la confección de películas, aceptaron la intromisión de esta sociedad y someter sus producciones a su fallo. La censura norteamericana, y téngase en cuenta que aquel pueblo es puritano como ningún otro de la tierra, no tiene las pudibundeces hipócritas que nuestros legisladores han pretendido demostrar. Aquí solemos asustarnos por ver una mujer semidesnuda aún cuando sea una copia de la estatua de la Venus de Nilo, y nada nos afecta el lenguaje soez de los carreteros, de los borrachos en las esquinas de las pulquerías, ni las escenas poco edificantes que por todas partes se ven, ni tampoco las mil piezas pornográficas que todo el mundo aplaude en los teatros. En cuanto a las vistas que se dice son lecciones para los criminales porque demuestran cómo se puede llevar a cabo un delito, en los Estados Unidos se exige que tras la acción vituperable, tras el hecho delictuoso, tras de la consumación del crimen, venga el castigo, que esas faltas no quedan impunes y así todos sepan que las malas acciones llevan siempre una pena y sientan también la condenación de la sociedad”, concluyó el señor Molinar.”
(En Excelsior, 27 de enero de 1920) “La censura. La señorita Elliers, encargada del departamento de censura... Todo lo deja al Reglamento... Pero habla inglés. El famoso Reglamento de Censura de películas de Cine que está a punto de dar al traste con todos los salones cinematográficos del país, es en opinión de la señorita encargada quien tiene la culpa de todas las irregularidades y las violaciones constitucionales, y no ella ni la oficina que están a su cargo. Con objeto de documentarnos perfectamente sobre este asunto, solicitamos ver a la señorita A.S. Elliers, a fin de que se sirviera explicarnos tanto cómo funcionaría la oficina como para ilustrarnos sobre el criterio exacto que predominará en la revisión de cintas, pero en honor de la verdad debemos confesar que nada en limpio pudimos sacar, porque nuestra apreciable entrevistada a todo nos contestó que así lo decía el Reglamento y ella no hacía más que cumplirlo. Le preguntamos qué había en la prohibición de una de las diez cintas que se habían llevado a censurar, y ella no contestó. Le preguntamos luego: “¿Podría decirnos, señorita, cuál es el criterio de ustedes para calificar si una película es inmoral?”. Entre una sonrisa en la que mal se disimulaba el enojo, nuestra entrevistada nos contestó: “-Es graciosa la pregunta... Vea usted el Reglamento.” El Reglamento, en efecto, dice que se prohibirá la exhibición de cintas inmorales, y no dice más; por esa razón nosotros quisiéramos saber cuál es el criterio de ustedes hacia las películas inmorales. “A mi no me tiene usted que hacer preguntas, contestó la señorita Elliers, porque el fallo lo dicta el Consejo de Censura nombrado por la Secretaría de Gobernación.” Formulamos otra pregunta: “Usted, señorita, ha dicho que no es justo que se exhiban películas de hace diez años, porque las protagonistas de las cintas usan trajes que en la actualidad están pasados de moda.” “-Yo no he dicho tal cosa”, dijo la señorita. Sin embargo, poco tiempo después el señor Aguayo, de la Casa Varela y Cía., nos volvió a ratificar que tal cosa había dicho la jefa de Censura, añadiendo que el público metropolitano no debía ver vistas donde había trajes pasados de moda.
“Seguimos con nuestro interrogatorio: “¿Hay un Artículo que faculta a los gendarmes para hacer cumplir el Reglamento... A ejercer funciones que es imposible puedan cumplir?”. Nuestra entrevistada había perdido ya la paciencia y se mostraba un tanto violenta: “Esto no es cuestión mía... Yo no sé de eso... Yo no he hecho el Reglamento... Y ustedes los periodistas debían tener el valor civil de decirle todo eso al Secretario de Gobernación.” “No se disguste usted, señorita”, le dijimos tratando de calmar su creciente enojo... “Pero ustedes deberían ir a decírselo al ministro en su cara...” “Señorita, no es la misión del periodista; no habría en ese caso periódicos...” “En ese momento nos interrumpió otra señorita que dirigió a nuestra entrevistada la palabra en inglés y a este respecto debemos decir que en esa oficina el idioma inglés es el oficial, y eso dio lugar a un incidente que enseguida relataremos: el señor Ernesto Wollrath, se presentó en esa oficina para tratar sobre la exportación de una cinta de manufactura nacional, y estando informándose de los trámites necesarios, una de las señoritas, dirigiéndose a la que trataba con el señor Wollrath, le dijo desde su escritorio en inglés: “Despacha ya a ese tío molesto y dile que no esté dando la lata.” El caballero, que habla perfectamente el inglés, se dio cuenta de lo que se había dicho, y cortésmente les llamó la atención... Por su parte, la Secretaría de Gobernación entregó ayer a los representantes de la prensa un boletín que dice textualmente: “Por las informaciones publicadas en la prensa parece que los señores interesados en el negocio de películas cinematográficas, han dado una interpretación errónea al Reglamento de Censura, interpretación que tal vez sea debida al desconocimiento de dicho Reglamento o a la susceptibilidad natural de los intereses económicos cuando en cualquier forma se vean tocados. Esa interpretación errónea consiste en asegurar que deben ser revisadas todas las películas existentes en los almacenes del ramo, lo cual sería contra el sentido común, pues el fin de la censura es evitar la exhibición de películas inmorales, y su medio de juzgar de tales películas previamente a su exhibición. De esta suerte se ve que la exhibición de la película es lo que se afecta por la censura, y por lo mismo solamente estarán sujetas a ellas las películas que se pretenda exhibir, no las que ya se exhibieron y que se encuentran depositadas en unas bodegas. La sociedad entera ha clamado contra el contagio de la criminalidad en la escuela de delito que muchas veces constituye el cinematógrafo. Es seguro que la sociedad sensata y moralizadora estará de acuerdo con la nueva institución de censura. En cuanto a la parte jurídica del sentido, se trata simplemente de un asunto de policía, y la naturaleza de los actos de policía es el ser preventivo. Decir que la censura cinematográfica para evitar la inmoralidad pública es anticonstitucional, por oponerse a la libertad individual, sería tanto como pretender que el Reglamento de Tráfico por las calles es anticonstitucional, ya que hay un Artículo de la Constitución que concede la libre circulación de las personas por todos los lugares, y que en concepto de las personas que atacan la institución de la censura, los reglamentos de tráfico se opondrían a la libertad individual de los propietarios de automóviles de ir causando atropellos por las calles. Así como el reglamento de tráfico evita los atropellos a las personas, la censura cinematográfica evita los atropellos a la moral. Parece asegurarse que la censura cinematográfica fue establecida en los Estados Unidos con fines patrióticos en los días de la guerra y que actualmente ya no existe, pareciendo inexplicable que los mexicanos implementemos la censura tan inmotivadamente. Con todo se acusa crasa ignorancia de lo que pasa en los Estados Unidos. En la Secretaría de Gobernación existen, a la disposición de las personas que gustan verlos, originales de los Reglamentos de censura cinematográfica como por ejemplo, los de Pensylvania, Ohio y Maryland, y en ellos se pueden ver que la censura cinematográfica existe desde tiempos anteriores a la guerra y con fines exclusivamente de moralidad pública. Pueden examinarse los informes de los consejos de censura y se verá también el rígido criterio que tienen los consejos. Igualmente se da uno cuenta, al leerlos, de que la censura cuenta con el apoyo social de los Estados Unidos, y que lejos de ser una institución caduca y pasada de moda, está floreciente y apenas comienza a desarrollarse. El gobierno mexicano, al perseguir altos fines de moralidad pública, debe contar con el apoyo de todos aquellos que por la moralidad social se preocupen, y no verse hostilizados por ataques malévolos y por ideas erróneas, más o menos hábilmente explotadas, de los intereses comerciales que sean opuestos a la defensa que se pretende hacer de las buenas costumbres.”
(En Excelsior, 29 de enero de 1920) “La censura. Los alquiladores de películas están dispuestos a acatar las leyes que se dicten sobre la censura cinematográfica, siempre que esas leyes estén en condiciones de ser obedecidas. De manera alguna pretenden ni desean aparecer como rebeldes a las disposiciones, y si se expide un Reglamento justo no habrá un solo alquilador que se oponga a él. Así lo declaró a los representantes de la prensa don Germán Camus, en nombre de los demás alquiladores. En la junta que tuvo lugar ayer en la International Pictures Co., se reunieron los alquiladores para formar la Unión de Alquiladores Mexicanos, y se llegaron a varios acuerdos... En esa junta quedó perfectamente establecido que los alquiladores no temen a la censura precisamente, sino a la forma impropia en que se ha querido establecer. A este respecto, en nombre de los alquiladores, se hicieron las siguientes terminantes declaraciones:
1° Los alquiladores por su propio interés son los más interesados porque no se exhiban películas inmorales o que ataquen al país. Sus intereses propios los obligan a cuidar que no haya películas de ese género, porque exhibirlas sería ir contra sus propios negocios.
2° Los alquiladores aceptan la censura pero no pagando ninguna cantidad por ella, en virtud de que el negocio de películas está muy gravado, más que los de juego, los que expenden tabaco y alcoholes, que en manera alguna pueden tener el carácter moralizador y educativo que tienen los cinematógrafos.
3° Los alquiladores desean que la censura se haga en sus propias oficinas, pues nadie garantiza la conservación de las películas yendo al Departamento de Censura y muy bien pueden mutilarse sin que haya manera de exigir responsabilidades ni manera alguna de probar esas mutilaciones.
4° El pago de alquiler, cuota por revisión de cintas daría origen a que cada uno de los gobiernos de los 28 Estados de la República establecieran la previa censura cobrando determinadas cantidades, y un film tendría por ese hecho que pagar cantidades inconcebibles, a tal punto que la exhibición sería materialmente imposible por el grandísimo costo.
5° Los Ayuntamientos de cada localidad seguirían el mismo procedimiento basado en su autonomía y así las contribuciones se multiplicarían hasta lo indecible.
Por estas y otras razones perfectamente fundadas, los alquiladores acordaron formular por medio de un abogado una comisión formada por los señores Germán Camus, Molinar y Gonzalo Varela, que enviarán una atenta solicitud a la Secretaría de Gobernación a fin de que sea modificado el Reglamento en términos que puedan cumplirlo y no constituya una ley prohibitiva para sus negocios. De la resolución que tome la Gobernación sobre la petición que le será formulada, dependerá la conducta de los alquiladores."
“LA CENSURA. Anoche fuimos recibidos por el señor Lic. Manuel Aguirre Berlanga, Secretario de Gobernación, quien durante la entrevista que con él celebramos, nos habló largamente sobre el asunto de la censura cinematográfica, que ha provocado una verdadera revolución entre los alquiladores de películas. Dijo el señor Ministro: “Que el Gobierno, al promulgar el Decreto sobre la creación del Departamento de Censura, lo hizo fundado en el Artículo 89 de la Constitución, así como en el Decreto 1°, de septiembre de 1919. Que desde hace mucho tiempo se hacía necesaria la creación de este Departamento para evitar la exhibición de películas altamente inmorales y que han traído enseñanzas perversas a nuestros delincuentes y que el Gobierno está en el deber de impedir a toda costa. Que no es posible, como lo asienta el señor Lic. Urrueta, que las películas sean censuradas después de exhibidas, pues en ese caso sobra la censura, ya que lo que se trata de evitar es el daño, que con esa exhibición, recibe la sociedad, y después que la película haya sido vista por tres mil personas, la censura ejerce un papel muy secundario. Que no es verdad que sean incompetentes las personas que están al frente de dicho Departamento, puesto que son profesores que tienen bien acreditada su carrera y sus conocimientos artísticos y son los que están encargados de formar el tribunal. Que por ningún motivo se podrá eximir a los alquiladores del pago de derechos de censura de 1.75, puesto que esta cantidad tan corta para ellos nada representa comparado con las grandes ganancias que tienen, y que deben tener en cuenta que en los Estados Unidos el Departamento de Censura cobra dos dólares por rollo, y los alquiladores nunca han protestado. Que si una película se presenta a la censura será sellada sólo el original y con eso bastaría para que las copias puedan llevar los mismos sellos sin pagar mayores derechos. Que en resumen, lo que el Gobierno busca es que no se ataque a la moral.”
(En Excelsior, 30 de enero de 1920) “Los alquiladores comentaron sobre las declaraciones del señor Ministro de gobernación: "Por medio de cartas podemos demostrar que no existe la censura oficial en los Estados Unidos. En algunos Estados de la Unión existe la censura particular, a la cual se prestan voluntariamente los productores, y nosotros nos prestaríamos si una corporación respetable, los Caballeros de Colón, por ejemplo, nos pidieran que antes de exhibir nuestras películas tuvieran su aprobación. Esta aprobación sería un testimonio de garantía, como es la autorización de publicidad que dan los prelados de la Iglesia a determinadas obras literarias para que sin escrúpulos ningunos puedan leerlas las familias. Respecto de que el decreto que creó la oficina de censura está basado en el Artículo 89 constitucional al que alude el ministro, declarando que conforme a él se ha dictado, tratase jurídicamente ese punto estando presente varios prestigiados miembros del Foro mexicano, poniéndose en claro que tal prescripción constitucional dice en su inciso 1° que el Ejecutivo tiene facultades para promulgar y ejecutar las leyes que expida el Congreso de la Unión, y que en este caso no existe ninguna ley. Supuesto que el Reglamento de Censura lo formulara la Secretaría de Gobernación, lo expidió el Ejecutivo sin que la Cámara interviniera para nada en él. Este será un punto importante en que los alquiladores basarán su solicitud. Se discutió también si el Reglamento de Censura podía considerarse como ley orgánica del Artículo 6° constitucional, que trata sobre la manifestación de las ideas, siendo fácil considerar que no es posible que como tal se le considere, en virtud de que el C. Presidente de la República está incapacitado para dictar esas leyes, que con de la facultad exclusiva del Congreso de la Unión. Los abogados dijeron que el Reglamento puede imponerse, pero que es a todas luces anticonstitucional.”
Pocos días después los explotadores del cinematógrafo, ante la evidencia de que el Gobierno no claudicaría en su deseo de imponer de una vez el Reglamento de Censura, aceptan la ley. El 9 de febrero de 1920 (en Excelsior) se lee: “El asunto de la censura ha tomado un nuevo cariz, siendo lo más probable que no se suspendan ya las exhibiciones. Según nuestras informaciones parece que los alquiladores, queriendo demostrar su acatamiento a la ley, a reserva de hacer valer sus derechos, mandarán a la Oficina de Censura los rollos que vayan estrenando en lo futuro para que sean revisados. Esta actitud conciliadora de los alquiladores ha hecho que los programas formulados para los días de esta semana puedan exhibirse sin modificaciones.”
La primera película censurada en América fue una cinta chilena. En general, podemos decir que es a partir de 1916 que en Latinoamérica se impone la censura. En esta parte de un mundo impactado por la Guerra Mundial, cuando nuestros países, neutrales en el conflicto, casi todos, reciben los ecos a través, justamente, del cine, donde podían “ver” lo que ocurría. En Santiago de Chile por entonces se hacen regulares las funciones de matiné, vermouth y noche; en el país se inicia tímidamente el desarrollo de la industria, la construcción de escuelas y hospitales, los largos caminos y puentes que unen hoy el país, las siembras metódicas de la tierra, mientras en las pantallas reina el cine “en episodios”, en veinte tandas. Hacía años que el nuevo arte recibía una censura, ingeniosa, de parte de quien menos se esperaba: el público mismo, que se ocupaba de enviar cartas a los periódicos reclamando airadamente por la ortografía que traían los letreros de tal o cual película: con ejemplos notables, como “abitación”, “volber” o “zalir”. Pero sólo hasta 1916 no aparece la censura oficial, lo que sucede cuando se estrena la cinta pionera “La Baraja de la Muerte”, que, en verdad, marca el punto de partida de una época ininterrumpida de producción que abarca toda la etapa muda. E inicia este hábito de la censura en el sur.
Ocurrió que la cinta se había exhibido en Santiago para la prensa el 16 de agosto de ese 1916, y causó de inmediato polémica, porque trata su argumento de un crimen verídico sobre el cual los Tribunales no habían dictado aún sentencia. Así, la Alcaldía Municipal dicta un decreto que dispone la prohibición del estreno anunciado para el día 17. Sin embargo, la cinta es estrenada una semana después en Valparaíso. No se conocen registros de otras películas que sufrieron el rigor de un decreto oficial, y excepto lo ocurrido con “La Baraja de la Muerte” (o El Asesinato en la Calle del Lord), no hay censura escrita hasta avanzada la década de 1920. El primer Decreto con fuerza de Ley acerca de censura cinematográfica en Chile, data del 26 de septiembre de 1923, cuando lo firma el Presidente Arturo Alessandri el mismo día en que presentó la renuncia a su cargo. El reglamento dispone catorce Artículos que establecen, primero, que la internación y despacho de películas cinematográficas sólo podrá hacerse por las aduanas de Valparaíso y Santiago, de acuerdo al Reglamento que dicta el Presidente. Se crea un Consejo de Censura, con residencia en Santiago, y compuesto por cinco miembros: el Director General de Bibliotecas, que lo presidirá, y dos personas designadas por el Presidente más otras dos en representación de la Municipalidad de Santiago. Y dictamina:
-Prohíbese la internación y exhibición de películas cinematográficas contrarias a la moral, a las buenas costumbres y a la seguridad y tranquilidad del Estado.
-La censura oficial de los espectáculos cinematográficos para toda la República, será la establecida por la presente ley para las películas que se internen en el país y que se impriman en él.
- No podrá exhibirse película cinematográfica alguna nacional o extranjera, sin que haya sido previamente autorizada por el Consejo de Censura... El empresario que exhibiere una película sin haber obtenido la autorización del Consejo, incurrirá en una multa de mil pesos sin perjuicio del decomiso de la película en caso de reincidencia y de la clausura, en el caso de tercera infracción, hasta por un año de la sala de espectáculos en que se hubiera cometido tal infracción. (El valor de las entradas entonces era de entre uno y tres pesos).
- El que de cualquier manera adulterase, modificare o burlare las disposiciones del Consejo, incurrirá en una multa de dos mil pesos, sin perjuicio de las demás sanciones antes referidas.
- El Consejo determinará si la película revisada por él es apta para los menores de 15 años o si lo es sólo para personas adultas, dejando constancia de ello en cada sello aprobatorio.
-Queda prohibido a los menores de 15 años la entrada a todo espectáculo cinematográfico, en el cual se exhiba una película no apta para ellos, conforme a lo establecido en el artículo anterior.
- El empresario que faltare a esta disposición incurrirá en una multa de cien pesos por cada infracción.
Asimismo se disponía el nombramiento de inspectores y los procedimientos para revisar las películas, que, en principio, son aceptados sin mayores comentarios. Pero el 31 de enero de 1928 se implanta el Reglamento de Censura activado por el Consejo, y junto con establecer órdenes relativas al tráfico de películas y a las funciones del Consejo mismo, éste “puede reservarse el derecho de retener los trozos que a su juicio deben ser retirados de la película”, en otras palabras, el Consejo se atribuye la autoridad de cortar la cinta, lo que levantó las más fuertes polémicas. También en 1928 se establece que, “sólo podrán ser aprobadas para menores de quince años, las vistas de leyendas, viajes, historias, eventos y escenas risibles y aquellas que no se tratan de delitos o escenas pasionales.” Desde ese momento, en los programas se señala su categoría: “Prohibida para menores de 15 años” o “Sólo para mayores.”
El escritor Eduardo Barrios, así como deleitaba al público con obras magníficas como “El Niño que Enloqueció de Amor”, también supo tomar el pulso al humor chileno al proponer que a la frase “Sólo para mayores”, se agregara “Inconveniente para señoritas”. Y así se hizo, agregándose a la publicidad esta nueva categoría censurada, sin que se sepa de protesta de las ligas femeninas de entonces. El Reglamento de ese año también establece: “No será permitida la exhibición de películas nacionales que impartan directa o indirectamente ultraje o ridículos de la autoridad o cualquiera persona, ni de otras películas que ofendan el sentimiento patrio, nacional o extranjero, la moral, las buenas costumbres o alguna religión; ni aquellos que pretendan alcanzar fines moralizadores exhibiendo escenas inmorales o que inciten a la comisión de algún delito.”
Por supuesto que estos rigores fueron aplicados a diestra y siniestra en un comienzo; por ejemplo, la película “Vergüenza” de Juan Pérez Berrocal, 1928, fue censurada por el “tema escabroso” que trataba: las enfermedades venéreas. De hecho, el 15 de junio de 1932, oficialmente se firma la dependencia del Consejo de Censura al Ministerio de Higiene. Pero una nueva ley del 1° de julio deroga el decreto anterior. El 14 de julio se establece decididamente que el Consejo de Censura pasa a depender del Ministerio de Educación. Sólo a partir de 1942, ya impuesto el sonoro, se han hecho algunas modificaciones, en especial sobre la calificación cinematográfica. Digamos que desde hace tiempo los mismos productores chilenos ejercen su propia censura: no importando ni respaldando películas posiblemente impropias a los ojos del Consejo de Calificación. Esto desde hace muchos años, tantos como desde que se eliminó la frase famosa: “inconveniente para señoritas”. La censura cinematográfica fue eliminada de la legislación chilena el año 2001, quedando establecido que, sin embargo, no se podrán exhibir películas que contengan escenas de abuso sexual a niños; imágenes de zoofilia (sexo entre humanos y animales), ni necrofilia (sexo con cadáveres) ni aquellas películas que en la realidad para filmarlas hayan significado la muerte o el suplicio de una persona. Asimismo se deberá determinar si cada película puede ser vista por "todo espectador", "mayores de 14 años", o "mayores de 18 años". En el caso de las Salas triple XXX, se ha establecido que cuando exista sólo una en alguna comunidad chilena, ésta no podrá funcionar.
La historia de la censura cinematográfica en Latinoamérica, aún siendo casi imposible soslayarla apenas en su enorme repercusión, es posible compararla a la lucha contra el viento que mantiene un árbol en clima áspero. Porque, a pesar del casi nulo apoyo oficial y a la falta de equipamiento adecuado unido a la censura, nuestros pioneros, casi de la nada materializaron la voluntad suficiente que les permitió salvar una etapa-base con dignidad e ingenio.
© Waldemar Verdugo Fuentes.